CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES

Nosotros, XXXXXXX, Médico Ginecólogo, mayor de edad, casado, hondureño y de este domicilio, con identidad XXXXXX, actuando en su condición de Representante Legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES XXXXSOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, quien en adelante se denominara “EL CONTRATANTE” y ADRIANA MARCIA CALDERON, comerciante, mayor de edad, en su condición de Representante Legal de la Empresa SERVICIOS DE ENFERMERIA CALDERON, quien se denominara “EL CONTRATISTA”, ambos vecinos de esta ciudad, hemos convenido en celebrar como al efecto celebramos el presente CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES, bajo las clausulas siguientes:

PRIMERO: EL CONTRATISTA en su calidad de Especialista el Servicio de Enfermería y todo lo relacionado a ello, manifiesta su interés en ofrecer a EL CONTRATANTE sus servicios en la especialidad antes mencionada.

SEGUNDO: EL CONTRATANTE manifiesta que requiere los servicios profesionales de EL CONTRATISTA.

TERCERO: EL CONTRATISTA se compromete para con EL CONTRATANTE a ejecutar los servicios y demás actividades propias del servicio contratado, el cual debe realizar diligente y profesionalmente de conformidad con las condiciones y cláusulas adicionales del presente documento.

CUARTO: EL CONTRATISTA estará sujeto a las siguientes condiciones del Contrato de Prestación de Servicios:
a)      Recibir y entregar turnos. Ejecutar reporte de Enfermería verbal y escrito.
b)      Elaborar el diagnóstico de enfermería y ejecutar el Plan de atención de enfermería.
c)      Observar, evaluar,  registrar e informar signos de alarma que presente el paciente.
d)      Controlar y registrar los signos vitales del paciente.
e)      Cumplir en forma oportuna con la terapia de medicamentos y otros procedimientos.
f)       Preparar al paciente para exámenes auxiliares y participar en ellos de ser necesarios.
g)      Preparación física y psicológica en el PRE operatorio del paciente.
h)      Participar en la visita médica y confeccionar el Kárdex.
i)        Supervisar la atención proporcionada por el personal técnico de Enfermería y/o personal  en adiestramiento.
j)        Realizar las anotaciones de enfermería en forma clara y veraz.
k)      Solicitar el equipo y material necesario para la atención de enfermería, conocer el                                   manejo y reportar deterioros.
l)        Participar en los programas de educación continua.
m)   Proporcionar orientación y educación al paciente y familia.
n)      Realizar el registro de procedimientos, censo diario de pacientes y registro en el libro de admisión
o)      Mantener buenas relaciones interpersonales con todo el equipo de salud.
p)      Manejar correctamente el expediente clínico de los pacientes.
q)      Cumplir con las normas del reglamento interno y las directivas de la jefatura.
r)       Participar en la realización del inventario de pacientes cuando la situación lo amerite.
s)       Conocer el Plan Hospitalario  de evacuación y comportamiento en caso de desastres y asumir las funciones  que devengan en estas situaciones.
t)       Cumplir con las Normas de Bioseguridad.

QUINTO: EL CONTRATANTE podrá dar por terminado este contrato sin responsabilidad de su parte cuando EL CONTRATISTA, en cualquier momento.

SEXTO: EL CONTRATISTA deberá realizar sus servicios por el o por medio de cualquier otra persona natural o jurídica que el designe bajo su responsabilidad, debiendo garantizar cada uno de los trabajos y responsabilizarse por los daños causados por el o por aquel a quien designo.

SEPTIMO: La documentación o implementos que le sea entregada y aquella que personalmente prepare deberá utilizarse única y exclusivamente para los fines de los servicios prestados, salvo que EL CONTRATANTE autorice por escrito a EL CONTRATISTA, utilizarla para fines distintos.

OCTAVO: Deberá estar disponible a cumplir tareas o imprevistos que se den en cualquier lugar de la Republica, cuando así lo requiera EL CONTRATANTE. En el caso de requerirse que realice algún servicio extraordinario, que no sea parte de lo que contempla el presente contrato y que debe realizarse fuera de la ciudad de Puerto Cortés, Cortés, y sea necesario pernoctar fuera de casa EL CONTRATANTE se compromete a reconocerle viáticos de Hotel y Alimentación, de acuerdo al servicio y los días requeridos para realizarlo y según tarifario que maneja EL CONTRATANTE.

NOVENO: EL CONTRATISTA, deberá conservar en buen estado y usar con la debida responsabilidad el equipo y mobiliario asignados por EL CONTRATANTE, el cual devolverá en el mismo estado en que lo recibió, salvo el deterioro que por el uso normal y el transcurso del tiempo se produzca al momento de finalizar en sus servicios, por cualquiera de las causas enumeradas en el presente contrato, haciendo constar tal circunstancia en acta de devolución de equipo y mobiliario que elaborará el CONTRATRANTE en el lugar donde haga la respectiva devolución. El incumplimiento a lo anterior dará lugar a la deducción correspondiente de los honorarios que por sus servicios corresponda a EL CONTRATISTA.

DECIMO: Previo al pago de honorarios por los servicios brindados EL CONTRATISTA, deberá presentar un informe final de la situación a ese día en razón del servicio brindado, junto a su hoja de visita firmado por el jefe del departamento.

DECIMO PRIMERO: EL CONTRATISTA actuará por su propia cuenta, con absoluta autonomía y no estará sometido a subordinación laboral con EL CONTRATANTE y sus derechos se limitarán, de acuerdo con la naturaleza del contrato, a exigir el cumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATANTE y al pago de los honorarios estipulados por la prestación del servicio.

DECIMO SEGUNDO: El plazo para la ejecución del presente contrato será de SEIS MESES, contados a partir de la firma del presente documento, cual podrá prorrogarse por acuerdo entre las partes con antelación a la fecha de su expiración mediante la celebración de un contrato adicional que deberá constar por escrito.

DECIMO TERCERO: El valor del contrato será de acuerdo a la siguiente tabla de Precios y Servicios:  

DESCRIPCION DEL SERVICIO
PRECIO UNITARIO
Servicios de Enfermeria en General
L. 8,000.00

Es entendido que los servicios serán brindados a nivel nacional a requerimiento del Contratante y no será sujeto de cobros adicionales de ninguna índole a los precios pactados.

DECIMO CUARTO: Los servicios serán solicitados mediante orden de la Jefe de Enfermeria. Los precios pactados en la cláusula anterior serán cancelados vía cheque girado por EL CONTRATANTE según factura y orden con el desglose de los servicios brindados, menos las debidas retenciones de ley.

DECIMO QUINTO: EL CONTRATANTE deberá facilitar acceso a la información que sea necesaria, de manera oportuna, para la debida ejecución del objeto del contrato, y, estará obligado a cumplir con lo estipulado en las demás cláusulas y condiciones previstas en este documento.

DECIMO SEXTO: EL CONTRATISTA deberá cumplir en forma eficiente y oportuna el servicio profesional encomendado y aquellas obligaciones que se generen de acuerdo con la naturaleza del servicio.

DECIMO SEPTIMO: EL CONTRATANTE o su representante supervisarán la ejecución del servicio profesional encomendado, y podrá formular las observaciones del caso con el fin de ser analizadas conjuntamente con EL CONTRATISTA y efectuar por parte de éste las modificaciones o correcciones a que hubiere lugar.

DECIMO OCTAVO: EL CONTRATANTE podrá rescindir el presente contrato en los siguientes casos: A) Por Acuerdo entre ambas partes. B) Por muerte de EL CONTRATISTA. C) Por inhabilidad e ineficiencia manifiesta por parte de EL CONTRATISTA, en el desempeño del servicio profesional encomendado, la cual será calificada por EL CONTRATANTE. D) Por Caso Fortuito o Fuerza Mayor que impida el cumplimiento de las condiciones estipuladas en este contrato. E) Por incumplimiento de las clausulas del contrato.

DECIMO NOVENO: Queda claramente entendido que no existirá relación laboral alguna entre EL CONTRATANTE y EL CONTRATISTA, o el personal que éste utilice en la ejecución del objeto del presente contrato.

VIGESIMO: EL CONTRATISTA no podrá ceder parcial ni totalmente la ejecución del presente contrato a un tercero salvo previa autorización expresa y escrita de EL CONTRATANTE.

VIGESIMO PRIMERO: Para todos los efectos legales, el domicilio contractual será la ciudad de Puerto Cortés, Cortes y en caso de conflicto estará sujeto por su propia naturaleza ante los juzgados civiles.

VIGESIMO SEGUNDO: EL CONTRATISTA se compromete a guardar la mas estricta reserva y confidencialidad de los asuntos que le sean confiados por EL CONTRATANTE.

VIGESIMO TERCERO: EL CONTRATISTA declara que acepta todas y cada una de las clausulas y condiciones establecidas en este contrato. En fe de lo cual y para los efectos legales consiguientes, firmamos el presente contrato en dos copias originales, con igual fuerza obligatoria en la ciudad de Puerto Cortés, Cortes a los ___ días del mes de ___ del año Dos mil doce.




CONTRATANTE                                                                     CONTRATISTA

Comentarios

Entradas populares de este blog

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA OBRA DE CONSTRUCCIÓN

ESCRITO CONFIRIENDO PODER

TERMINOS Y CONDICIONES